ACERCA DE DECRETO 0401 DE 2020

Acerca de decreto 0401 de 2020

Acerca de decreto 0401 de 2020

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Por otro flanco, la pega de las bicicletas de pedaleo asistido de los diferentes programas del MOVES ha tenido un impacto pesimista tanto en el sector de fabricación y comercialización de estos vehículos, como en la tendencia creciente que hasta el año 2024 venía encadenando las cifras de demanda de movilidad ciclista. Esto hace necesario medidas urgentes que permitan fomentar el uso de la bici de acuerdo a los objetivos contenidos en la Logística Estatal de la Biciclo para recuperar la senda de crecimiento en su uso que se venía arrastrando hasta el pasado año. Las bicicletas de pedaleo asistido tanto en su lectura privada y particular como en el comunicación a través de los diferentes sistemas de bici pública de las ciudades han demostrado, unido a la extensión de una infraestructura protegida paras los ciclistas, ser de las medidas más eficientes en impulsar el fomento del uso de la bicicleta y, muy especialmente, en hacer de su uso una opción accesible para aquellos que hasta ahora no la utilizan en su movilidad cotidiana.

En el caso del Existente Decreto 1120/2024, de 5 de noviembre, y su modificación mediante la disposición final cuarta, la extraordinaria y urgente penuria deriva de la necesidad ineludible de ampliar el plazo de presentación de los estados contables para permitir que estos estén elaborados y registrados en tiempo y forma para la concesión de las ayudas directas a los Consorcios de Madrid, Barcelona y Valencia y a Canarias, siendo esta destinada a los gastos correspondientes del año 2024.

1. Los importes que perciban las entidades locales con cargo a los créditos presupuestarios que se autorizan deberán destinarse exclusivamente a financiar la prestación del servicio divulgado de préstamo de bicicletas y, en todo caso, a compensar en el plazo de dos meses desde la recepción de las ayudas, a las entidades y operadores de transporte que realicen los descuentos efectivos por la merma de ingresos que ha supuesto la implantación de la medida.

por medio del cual se garantiza la protección de los derechos de estudiantes gestantes, estudiantes en periodo de crianza y estudiantes en licencia de paternidad en las instituciones educativas del país.

Finalmente, se incluye una nueva disposición en el Existente Decreto-clase 20/2021, de 5 de octubre, con el fin de permitir a los deudores inscritos en el Registro de personas afectadas por el volcán, de los municipios de El Paso, Los Llanos de Aridane y Tazacorte y cuyos ingresos principales provengan de la agricultura, solicitar una suspensión por seis meses adicionales de sus obligaciones de plazo derivadas de los contratos de préstamo o crédito con o sin seguro hipotecaria; aliviando de este modo la situación de familias de agricultores que no pueden trabajar en sus fincas porque aún se encuentran afectadas.

c) Que la situación de suspensión de toda actividad se haya mantenido desde el 1 de julio de 2024 hasta la fecha de entrada en vigor de este Efectivo decreto-clase.

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1. Estas ayudas se financiarán con cargo al presupuesto en vigor en 2025 de la sección 17 «Empleo de Transportes y Movilidad Sostenible», servicio 41 «Dirección Militar de Estrategias de Movilidad», widget 441M «Subvenciones y Apoyo al Transporte Terrenal», en el concepto 452 «Ayudas a CCAA para medidas sociales y mejoría de la calidad en los servicios de transporte notorio», y en el concepto 462 «Ayudas a EELL para medidas sociales y prosperidad de la calidad en los servicios de transporte divulgado».

Aún se extiende hasta dicha data el aplazamiento del plazo de cuotas de la Seguridad Social de las empresas y trabajadores autónomos afectados en su actividad por la erupción volcánica, la prestación de cese de actividad para los trabajadores autónomos que se han conocido obligados a cesar en la actividad como consecuencia directa de la erupción volcánica; y las medidas extraordinarias de Seguridad Social para los trabajadores autónomos y la exención en el pago de cuotas a la Seguridad Social y conceptos de recaudación conjunta, de superior cuantía que la aplicable con carácter Caudillo, en los expedientes de regulación temporal de empleo mencionados.

Disposiciones relativas al transporte colectivo urbano e interurbano competencia de las comunidades autónomas y de entidades locales

Las comunidades autónomas y entidades locales que sean beneficiarias de las ayudas deberán dirigir información para poder valorar el finalidad que ha tenido la implantación de los descuentos en el núsimple de usuarios del transporte público, en los términos que se explicite por el Tarea de Transportes y Movilidad Sostenible.

Que igualmente, se establece un nuevo entorno tarifario para establecimientos, sucursales y agencias con tarifas o escalas diferenciales, en función de la cantidad de activos de la empresa matriz, a fin de alcanzar decano progresividad y equidad en el recaudo.

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